En Colombia existen dos tipos de Impuestos, los nacionales que se pagan a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y los distritales que se pagan a la Secretaria de Hacienda de Bogotá (SHD).
Impuestos Nacionales
Se
liquidan en el portal de la Dian y desde alli se direcciona al banco para
realizar el pago.
Retención
en la fuente
Antes
de realizar un pago por prestación de servicios, honorarios, compras, arrendamientos,
etc se debe evaluar si el cliente es autoretenedor de renta (se valida en el
Rut o factura), de lo contrario se debe aplicar o descontar un valor por
concepto de retención en la fuente, los cuales se pagan el mes siguiente
acumulando todos los conceptos.
Tarifas
de Retención en la Fuente:
· Arrendamiento de Inmuebles y compras:
A personas declarantes de Impuesto de renta (normalmente son
empresas) el 2.5% sobre el valor antes de Iva, a no declarantes el 3.5%.
Para montos superiores a $742.000
· Honorarios a declarantes el 11% y a
no declarantes el 10% no tiene monto mínimo.
· Servicios en General a declarantes
4%, para no declarantes el 6% monto mínimo $110.000.
· Servicios de Hoteles, restaurantes y
Hospedajes a declarantes el 2.5% y no declarantes (personas naturales)
el 3.5% monto mínimo $110.000.
Retención
de Iva:
La
retención de IVA se declara junto con la Retención en la fuente en el
mismo formulario. Al momento del pago se debe hacer un recibo de pago en
bancos diferentes por este solo concepto.
Es
un impuesto que se calcula a las personas naturales que NO facturan el IVA, se
toma el valor del servicio o compra y se le calcula el IVA del 16% (tarifa
general) y a ese valor le aplico el 15%, en la práctica es el 2.4% sobre el
costo del bien o servicio. Ese monto se paga en la retención en la fuente y se toma como
descontable en la declaración del IVA.