El IVA, Impuesto a las ventas, Grava la venta de bienes o la prestación de servicios. La tarifa general es el 19%.
Siempre que se realizan ventas o servicios, pertenecientes al régimen común (todas las empresas y entidades sin ánimo de lucro) deben agregar a la factura el 19% impuesto que asume el consumidor final.
Este IVA se paga de forma bimestral o cuatrimestral en atención a los ingresos del año anterior.
Así quienes hayan tenido ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a 92.000 UVT. (Para el 2019 $3.152.840.000) pagan de forma bimestral.
Y que hayan obtenido ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior inferiores a 92.000 UVT. (Para el 2019 $3.152.840.000) de forma cuatrimestral.
En la declaración de IVA, se pueden descontar los impuestos de IVA pagados por el vendedor o prestador del servicio, por lo que todo contribuyente que sea responsable del impuesto a la ventas, tiene derecho a descontar de su IVA generado, el valor del IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios gravados, imputable a los ingresos generados.
Ejemplo.
Alguien vende camas por $1.000.0000.
La compra de los insumos para la producción de su producto tiene IVA. El valor de las tablas puede ser de $500.000 esto es $95.000
Además compró pintura por $200.000 lo que generó un IVA de $38.000
Al vender su cama por $1.000.000 con IVA de $190.000
Si se pagará todo el IVA, la venta de un producto de $1.000.000 más sus insumos, generaría $321.000 de impuestos. Para que no opere así, al momento de vender la cama, de los $190.000 de IVA en la venta , se restan los $131.000 que ya había pagado en insumos y solo entrega los $59.000 restantes
IVA PAGADO
|
IVA GENERADO
|
$95.000
| |
$36.000
| |
$190.000
| |
TOTAL: $131.000
|
TOTAL :$190.000
|