miércoles, 25 de diciembre de 2019

LAS JUGADAS DE FIN DE AÑO.


Un emprendedor es por definición alguien que conoce muy bien su empresa, pero muy poco su propia contabilidad, el cierre del año es el momento propicio para conocerla o por lo menos interesarse en ella.


7 COSAS QUE DEBE HACER  O NO HACER ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE.



1)  Legalizar los gastos. Es común que durante el año se hagan una gran cantidad de anticipos a proveedores y por no contarse con las facturas soportes, no pueden incluirlos como un gasto deducible, esto quiere decir que su empresas terminará con más impuestos que el que tiene el negocio en realidad. Verifique anticipos y solicite las facturas.


2)   ¿Es el momento adecuado para comprar o para vender?. Diciembre es un mes muy activo en las Notarias, en tanto muchas personas pretender salir de sus activos antes de terminar el año,  ya que el impuesto de renta se paga de acuerdo a los balances del 31 de Diciembre. Si es para vender, planee el ingreso que va a recibir y sus consecuencias tributarias.


3)  Cobrar cartera. A la DIAN no le importa quién tiene su dinero, siempre que se haya facturado deberá pagar por su ingreso, lo triste es que además de tener  que adelantar el IVA  por su cartera tendrá que financiar el impuesto respectivo.

viernes, 13 de diciembre de 2019

SUBE RECAUDACIÓN IMPUESTOS EN COLOMBIA .

La recaudación tributaria es la cantidad de dinero que obtiene el gobierno por cuentas de los impuestos que se pagan en el país. La noticia es buena pues en el mes de Noviembre subió en un porcentaje de 12%.  


Es un monto muy superior al del crecimiento del 3.3%, lo que supone una buena noticia para las cuentas del Estado, tan afectado por la inestabilidad producida por la caída de la Ley de financiamiento del año 2018.


Este 12%  supone (14.68) (4.294 millones de dólares), impulsado sobre todo por el buen comportamiento del impuesto sobre las ventas, los cobros aduaneros y la retención en la fuente. 

jueves, 12 de diciembre de 2019

NUEVO IMPUESTO COMPRAS POR INTERNET


Las reformas tributarias en discusión son una fuente inagotable de noticias.  Al ser su contenido económico, son interesantes para mucha gente y muchas empresas, pero también las reformas tributarias ponen nerviosas a muchas industrias. 


El texto de la reforma tributaria que actualmente se discute en el congreso y que ya se encuentra en discusión en las comisiones conjuntas, incluye un impuesto adicional que solo se aplica a las compras que se hagan de productos por internet, realizadas por empresas no domiciliadas en el país. 


La razón que explica la imposición de este impuesto es que muchas de las empresas por las que se compran productos no tienen domicilio en el país, al ser extranjeras no generan ingreso alguno por concepto de renta, es decir, están teniendo utilidades en el país por el que no reportan ningún tipo de beneficio al Estado. 


martes, 28 de mayo de 2019

Certificado de residencia fiscal

Es información importante para Colombianos en el exterior, extranjeros en Colombia, y los de la mitad, es decir los que están aquí y allá y no saben muy bien donde pagar impuestos.


Las jurisdicciones del mundo, siempre que se les dé un motivo, se pelean por matricularlo en su residencia fiscal, que usted es de ellos, por lo menos en cuanto a impuestos se refiere. La lógica normativa indica que las personas pagan impuestos de renta de dos formas:


  1. Por su renta territorial, esto es por lo que se produce o hace dentro de los límites geográficos de un determinado país.

  2. Por su renta mundial, por todo cuanto produce o tiene en cualquier país del mundo. Bienes, empresas y cualquier tipo de activo o ingreso.

miércoles, 27 de marzo de 2019

Desapareció el Régimen Común y el Régimen Simplificado.

En otros, no son responsables del IVA, quienes en la prestación de servicio o ventas de productos no superen los -para el 2019- $119.945.000.

Pero existen otros requisitos que explicamos a continuación.


La Ley de Financiamiento trajo varios cambios, uno de ellos es la desaparición de la terminología régimen común y régimen simplificado, para reemplazarla por responsables y no responsables de IVA, respectivamente.


El artículo 499 del Estatuto Tributario que establecía quiénes pertenecían al régimen simplificado fue derogado por la Ley 1943 de 2018. Ahora todo quedó resumido en el artículo 437, el cual contiene quiénes son responsables del impuesto y quiénes no.


En la  redacción del artículo se establece quienes NO son responsables del impuesto,  se deben cumplir con los requisitos establecidos en el parágrafo 3 del artículo 437:

miércoles, 20 de marzo de 2019

“EL SIMPLE” LA NOVEDAD EN LA LEY DE FINANCIAMIENTO.


La ley de financiamiento implementó una novedad, que ha denominado como “Régimen Simple de Tributación”, como impuesto SIMPLE, el cual es opcional, tiene como finalidad la formalización de los pequeños y medianos comerciantes y está destinado a simplificar la contabilización y liquidación de impuestos, unificando el impuesto al consumo, la renta y el impuesto de industria y comercio.

En Gestión Legal Colombia, les mostramos la estructura de esta nueva forma de tributación.

martes, 12 de marzo de 2019

Obligaciones tributarias para empresas

En el país los impuestos para empresas cambian cada dos años, es Ley. Las reformas tributarias no duran más que ese lapso. Como es costumbre en este Blog, realizamos un resumen de las obligaciones tributarias que deben afrontar las empresas, éste se encuentra actualizado con lo establecido en la ley de financiamiento o ley 1943 de 2018.



1. IMPUESTO DE RENTA



Se trata de un impuesto anual de año vencido. Su periodo gravable es del 1 de enero al 31 de diciembre.


IVA descontable

El IVA, Impuesto a las ventas, Grava la venta de bienes o la prestación de servicios. La tarifa general es el 19%.



Siempre que se realizan ventas o servicios,   pertenecientes al régimen común (todas las empresas y entidades sin ánimo de lucro)  deben agregar a la factura el 19% impuesto que asume el consumidor final.



Este IVA se paga de forma bimestral o cuatrimestral en atención   a los ingresos del año anterior.



Así quienes hayan tenido ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a 92.000 UVT. (Para el 2019 $3.152.840.000) pagan de forma bimestral.


Y  que hayan obtenido ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable anterior inferiores a 92.000 UVT. (Para el 2019 $3.152.840.000) de forma cuatrimestral.

En la declaración de IVA, se pueden descontar los impuestos de IVA pagados por el vendedor o prestador del servicio, por lo que todo contribuyente que sea responsable del impuesto a la ventas, tiene derecho a descontar de su IVA generado, el valor del IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios gravados, imputable a los ingresos generados.


martes, 26 de febrero de 2019

Ley de Financiamiento en el sector inmobiliario

La ley de Financiamiento en el sector inmobiliario.


La tan de moda Ley de Financiamiento, que no es otra cosa que una reforma tributaria, se encuentra vigente y tiene sus efectos a partir del año gravable 2019. Por supuesto tiene apartes que afectan  a todos los sectores, modificaciones tanto para las personas naturales como jurídicas, no obstante, merece un capítulo especial de análisis los impactos que la misma va a tener sobre el sector inmobiliario.


Gestión legal Colombia les presenta los cambios y modificaciones más relevantes, los cuales resumimos así:


1.       Prohibición expresa de la sub-escrituración.    


Práctica común y reiterada en el sector inmobiliario, era realizar un negocio de compraventa por el valor real y luego realizar la escritura por el valor catastral, todo con el fin de reducir costos notariales, impuestos registrales y por supuesto un menor valor en la futura ganancia ocasional.