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miércoles, 12 de marzo de 2014
lunes, 3 de marzo de 2014
Sucursal en Colombia
En el ámbito societario, las compañías extranjeras que desean realizar negocios o actividades permanentes deben constituir una sucursal en Colombia, sin embargo, desde la Ley 1607 de 2012 en materia tributaria se permite que estas actividades se realicen a través del registro de un Establecimiento Permanente.
Las sucursales deben tributar en Colombia sobre las rentas y ganancias ocasionales de fuente colombiana, independientemente que lo reciban directamente, a través de sucursal o establecimiento permanente, deben igualmente presentar de forma anual la declaración de renta, ser agentes retenedores y presentar las declaraciones de los impuestos nacionales y departamentales que corresponde para las personas jurídicas, ya que se asocian a las sociedades anónimas.
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