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sábado, 25 de septiembre de 2021

Salvavidas para los morosos que le deben a la Dian

En la pandemia subió el número de deudores. El valor de las obligaciones en mora pasó de $4,4 en el mes de diciembre del 2019 a $10 billones en julio.

Por motivo de la pandemia muchas personas y empresas no pudieron pagar sus obligaciones tributarias y con ello se duplicó la lista de morosos de la Dian y lo que adeudan.


La cantidad de contribuyentes con obligaciones tributarias en mora llegó en julio a 294.316, quiere decir, 163% más que hace un año y medio.


En conjunto todos ellos le deben al fisco más de 10 billones de pesos, lo que representa un aumento de 122 %, o lo que es lo mismo, un aumento de 5,61 billones de pesos frente a lo que se le debía a la administración tributaria en diciembre del 2019, antes de que llegara el covid-19 a Colombia.


En el primer semestre del 2020, cuando fue el confinamiento más duro, el valor de las deudas se duplicó al pasar de 4,4 billones a 9,2 billones de pesos. De igual manera pasó con los contribuyentes morosos, tanto personas como empresas, que pasaron de 111.845 a 192.519 en tan solo seis meses. 

miércoles, 28 de julio de 2021

Lo que debe saber si va a declarar renta

Este próximo 10 de agosto comienzan los vencimientos para que las personas naturales presenten su declaración de renta que corresponde al año gravable 2020.

De acuerdo al calendario de la Dian, el 10 de agosto comienzan los vencimientos de presentación y pago de la declaración de impuestos de renta que corresponden al año gravable 2020, desde ese día inician los complementarios para personas naturales. Estos van hasta el 20 de octubre de este año y deben presentarse de acuerdo al número del NIT, inician con los que terminan en 01 y 02 y terminando con 99 y 00.


Debe tener en cuenta en estos tres últimos puntos que como persona natural debe tener en cuenta si tiene que presentar este impuesto y de esta manera evitar sanciones. Los plazos para cancelar la declaración de renta del año gravable 2020, inicia el próximo 10 de agosto. Estos vencimientos inician para NIT de las personas que terminan en 01 y 02 y termina el 20 de octubre para las personas que su NIT termina en 99 y 00.

jueves, 8 de julio de 2021

Lo que debe saber para declarar renta si es extranjero en Colombia

Los ciudadanos extranjeros que tienen la obligación de pagar impuestos con la Dian, también tienen los mismos deberes de los contribuyentes colombianos.

Si es ciudadano extranjero en Colombia, y produce ingresos económicos en el país, es realmente importante que sepa muy bien el proceso que deberá continuar para realizar la declaración de renta anual, y de esta manera evitar sanciones por parte de la Dian.


Usted al cumplir con este deber, está contribuyendo con el crecimiento económico del país y evitará multas por el incumplimiento de este deber.


¿Cuándo un extranjero debe declarar renta en Colombia?


Un extranjero ante las leyes tributarias se considera residente cuando está más de 183 días en el país, de forma continua o discontinua. Por lo que estos tendrán exactamente las mismas obligaciones que los ciudadanos colombianos, en cuanto a la declaración de impuestos.


Según lo establecido por el Estatuo Tributario, en Colombia los extranjeros deben declarar renta, siempre y cuando cumplan con alguna de las siguientes condiciones:


Poseer patrimonio y haber obtenido ingresos en el país, sobre los cuales no se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en el artículo 407 al 411 del Estatuto Tributario.

viernes, 29 de enero de 2021

Declaración de renta en Colombia 2021

Este año se espera que declaren renta en Colombia aproximadamente 3,5 millones de personas.


A pesar que acabo de empezar el año y las fechas de declaración de renta comenzarán en el segundo semestre, desde ahora es muy importante saber si en 2021 tiene la obligación de pagar el impuesto.


Leer más de impuestos en Colombia


A Través del Decreto 1680 de 2020 el Ministerio de Hacienda, informó en qué casos las personas deberán presentar la declaración de renta. El gobierno informó en qué casos no es necesario presentar la declaración de renta en las siguientes situaciones:



  •  El patrimonio bruto en el último día del año gravable 2020 no exceda 4.500 UVT ($ 160.232.000).

  • Los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 49.850.000).

  • Los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan 1.400 UVT ($ 49.850.000).

  • El valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 49.850.000).

  • El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedan 1.400 UVT ($ 49.850.000).


Persona naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto del IVA, residentes en Colombia y con relación al año anterior cumplan la totalidad de estos requisitos: