Mostrando entradas con la etiqueta Impuestos para empresa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Impuestos para empresa. Mostrar todas las entradas

viernes, 22 de abril de 2022

Consejos para organizar el pago de sus impuestos

Aproveche los descuentos y cuente los recursos que tendrá que destinar en el año.

Empieza el pago de impuestos anual y es de suma importancia saber cuáles son y en cuáles fechas se debe cancelar estas obligaciones, cuando llegue el momento de los vencimientos no lo sorprenda.


Y es que si programa con tiempo este proceso se puede ahorrar tiempo, dinero y evitar problemas de última hora, por lo que las buenas prácticas, una organización previa, así como el uso de las herramientas apropiadas hacen más fácil todo, ayuda a ahorrar tiempo y ser más eficientes y ahorrar tiempo, esfuerzos y sobrecostos.


El experto en finanzas y docente de la Escuela de Negocios de la Fundación Universitaria Konrad, Reinaldo Medina, brinda los siguientes consejos para implementar cada año a la hora de iniciar a cumplir con sus obligaciones ciudadanas.


1. Usar medios virtuales


En algunos momentos como hoy las plataformas presentan dificultades, como ocurre en Bogotá, hay que continuar intentando. con esta herramienta digital evitando movilizarse evitando pérdida de tiempo. Al realizar los pagos por medios electrónicos somos responsables ambientalmente.


jueves, 14 de abril de 2022

El pago del ICA debe hacerse entre el dos y seis de mayo

Este cambio se debe a las modificaciones en la plataforma web de la entidad;  el tiempo original era entre el 18 y 22 de abril

La Secretaría Distrital de Hacienda afirmó que los contribuyentes de régimen común de impuesto de Industria y Comercio (ICA) deben tener presente la modificación del plazo para la declaración y pago de la obligación tributaria del primer bimestre, la cual fue determinada para el 6 de mayo de este año. 


La entidad recordó que el pago del ICA se puede hacer entre el 2 y 6 de mayo, con lo cual se modifican las fechas anteriores eran entre el 18 a 22 de abril.

sábado, 26 de marzo de 2022

Los criptoactivos son bienes sujetos de la obligación de facturar

Los criptoactivos se han considerado por la legislación tributaria como activos intangibles, lo que significa, bienes incorporales, susceptibles de valoración, los cuales, por regla general, son objeto de la obligación de facturar y, en ese sentido, se deberá considerar el marco legal vigente que regula la materia, atendiendo cada caso particular.

La Dian consideró que los únicos sujetos no obligados a expandir factura de venta, equivalente están de manera texativa en los artículos 616-2 del Estatuto Tributario y 1.6.1.4.3. del Decreto 1625 del 2016.


Leer más de impuesto en Colombia


Ahora la obligación de remitir  la factura de venta tiene como medio preferente de expedición la factura electrónica, regulada en la Resolución 42 del 2020 y sus modificaciones posteriores, ley que no regula de manera particular el tratamiento de las especificidades de los criptoactivos.

sábado, 19 de marzo de 2022

Terminan beneficios establecidos en la reforma tributaria

La Dian invitó a los contribuyentes a colocarse al día con sus obligaciones y aprovechar beneficios de la Ley de Inversión Social, que finalizan el 31 de marzo.

En cuanto a los beneficios que representan alivios para los contribuyentes con obligaciones pendientes están el beneficio de favorabilidad, la finalización de mutuo acuerdo y la conciliación judicial.


PAGO DE OBLIGACIONES 


Así como lo indica el parágrafo 2 del artículo 48 de la Ley 2155 de 2021 “Ley de inversión Social”, el contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que al 30 de junio de 2021, tenga obligaciones fiscales a cargo, que presten mérito ejecutivo de acuerdo a lo que establece el artículo 828 del Estatuto Tributario, podrán en aplicación del principio de favorabilidad, ejecutando el pago de las obligaciones liquidando la tasa de interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario al momento del pago.


La Dian invita a los contribuyentes que tengan obligaciones fiscales a cargo a cargo a partir del 30 de junio de 2021, a que efectúen el pago como fecha límite hasta el 31 de marzo de 2022, ante la correspondiente dirección seccional, la suscripción de un acuerdo de pago, según los requerimientos para acceder al mismo.

jueves, 3 de marzo de 2022

Llega a Colombia empresa para digitalizar devolución de IVA a turistas

Se trata de Pie System una plataforma que busca la diligencia para que este beneficio no sea larga ni pesada.

Por medio del decreto 1495 de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó la devolución del IVA a los turistas extranjeros por medio de empresas operadoras de pago. Esto lo que llevó a encontrar alternativas para un trámite fácil y ágil de la devolución.


El Estado con este incentivo, busca fomentar el consumo extranjero en el país. Debido a la alta demanda, el pago de la solicitud se disminuyó de tres a un máximo de 10 días si se realiza por medio de una empresa operadora de pagos.


Entre las opciones para recibir el pago de forma rápida es Pie System, un operador de pago 100% digital que permite hacer compras libres de impuestos y ayudar para que la devolución a los visitantes de forma amigable y efectiva.

sábado, 29 de enero de 2022

La DIAN comunica que las criptomonedas entrarán en la declaración de renta

El mundo de las criptomonedas es cada día más amplio; ahí bancos que ya las admiten, aplicaciones que permiten el envío de éstas, incluso, la inversión en estas criptodivisas batió récord el año pasado. Aunque estas monedas virtuales ya son una realidad, en Colombia aún no existen regulaciones de estas.

Ante el aumento de criptomonedas, la DIAN, difundió un comunicado hace algunos días donde anuncian que se iniciará la fiscalización de divisas. Si eres contribuyente de impuestos y en la actualidad realizan las operaciones con criptomonedas, tendrán que reportar los ingresos que proceden de estas operaciones.


La DIAN decidió tomar esta nueva acción porque han evidenciado que existen personas que evaden sus responsabilidades tributarias al ser inexactos o no reportar sus ingresos. Indican que, esto se estaría presentando principalmente en aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. 

jueves, 27 de enero de 2022

DIAN en Colombia fiscalizará operaciones con criptomonedas

De acuerdo a lo indicado por la entidad esta medida tiene como fin ayuda en la lucha de evasión fiscal, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

La DIAN reafirmó que se iniciarán acciones para garantizar el control fiscal sobre operaciones con Bitcoin y otras criptomonedas en Colombia. De acuerdo a lo indicado con la entidad, es con el fin de ayudar en la lucha contra la evasión fiscal, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.


La decisión se dio a conocer este 28 de enero, mediante comunicado de la DIAN, en el que señala que “estas acciones obedecen al convenio con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), firmado entre Colombia y Finlandia, para confirmar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en operaciones con criptomonedas.”


“Estas acciones pretenden establecer un control tributario a los contribuyentes omisos o inexactos que en el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios no registraron los ingresos obtenidos por operaciones con criptomonedas o los registraron de manera inexacta” sigue diciendo el texto.


“Al respecto, la DIAN ha expedido oficios relacionados con el manejo fiscal y correcta declaración de los criptoactivos”, indica la comunidad oficial de la entidad.


Colombia es un país que se ha destacado como uno de los mercados de la región latinoamericana, con mayor adopción de los activos digitales.


Existen más de 687 sitios en el país donde se pueden cancelar productos y servicios con criptomonedas, en especial bitcoin, y la cifra continúa aumentando, de igual manera las transacciones en ese criptoactivo, que en 2020 llegaron a US$147 millones, según cifras publicadas por la revista Portafolio.


Según el presidente de la Asociación Colombiana Fintech, Erik Rincón, en el país se negocian hasta $70.000 millones en criptoactivos al mes, de los cuales la mayoría son en bitcoin.

viernes, 14 de enero de 2022

En Colombia se cobrará impuestos a las plataformas digitales de servicios turísticos

El Gobierno de Colombia aprobó un decreto, pionero en la región, que regula la actividad y su contribución parafiscal para este tipo de empresas.

A las plataformas digitales de servicios turísticos, Colombia le ha puesto coto, como lo es Airbnb o Booking. El Gobierno ha aprobado un decreto, pionero, que regula la actividad de este tipo de empresas y contribución parafiscal, a partir de ahora tendrán que pagar impuestos.


Se tratan de impuestos  'parafiscales', ya que se sabe a que se destinarán estos tributos. De acuerdo a lo indicado por la ministra de Comercio Industria y Turismo, María Ximena Lombana, el dinero recaudado se invertirá en el fortalecimiento de la promoción, competitividad y la infraestructura turística del país.

jueves, 2 de diciembre de 2021

En noviembre recaudación de impuestos en Colombia sube 21,4%

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) comunicó que la recaudación bruta de impuestos en Colombia creció un 21,4% en noviembre a 18,1 billones de pesos (4.584,2 millones de dólares), en comparación al mismo mes del año pasado, favorecido por el pago de impuestos sobre las ventas, la renta y los asociados al comercio exterior, anunció el Gobierno.

Este dato representa que la entidad cumplió el 108% de la meta para este mes.


En noviembre el recaudo bruto de impuestos fue de 14,9 billones de pesos. El recaudo neto se posicionó en $16,5 billones.


El monto captado en noviembre tuvo un cumplimiento de la meta del 108,3%, precisó la DIAN.


Entre los meses de enero y noviembre, el recaudo acumuló un aumento de 17,5% a 160,2 billones de pesos (40.574 millones de dólares), en comparación al año previo, con lo que registró un cumplimiento de la meta del 104,7% para el periodo.


Para todo el año Colombia estableció una meta de recaudo tributario de 151 billones de pesos (38.244 millones de dólares).

martes, 23 de noviembre de 2021

El UVT para 2022: en cuánto lo fijó la Dian

Esta unidad determina los valores de los impuestos administrados por su dependencia.

La Dian definió la Unidad de Valor Tributario (UVT) que regirá para el 2022.


De acuerdo a la resolución 140 del 25 de noviembre de 2021, este valor quedó en $38.004 para el siguiente año.


La Dian anunció que la modificación se calculó con la variación acumulada del índice de Precios al Consumidor (IPC) para ingresos medios, entre el 1 de octubre de 2020 y el 1 de octubre de 2021, y se registró un aumento de 4,67%.


Leer más de impuestos en Colombia


Es importante recordar que durante 2021, el UVT es de $36.308 y cada año cambia.

sábado, 13 de noviembre de 2021

Eliminación de impuestos ante crisis portuaria

Analdex había indicado en días recientes que los costos de traer mercancía han subido por la escasez de contenedores y la subida de precios de los fletes marítimos.

Se detendrá el pago de impuestos a un grupo de productos para mitigar la actual subida de precios. 


El gobierno está preparando una medida que contrarreste el choque causado por la crisis portuaria y logística internacional.


Es un decreto para quitar el impuesto a los bienes y servicios ingresados al país desde el exterior, un tributo más conocido como el arancel a las importaciones.


De acuerdo a lo que explicó el Ministerio de Comercio, la exención cobijará a 166 productos, con lo cuál se pretende que 3.822 subpartidas arancelarias quedarán libres del gravamen.


Así se pretende mitigar el golpe económico que el actual costo de las importaciones puede propinar a los consumidores del país.


De acuerdo a la Asociación  Nacional de Comercio Exterior, el costo del flete marítimo está en un valor aproximado de los US$22.000, en comparación con el año pasado que rondaba en los US$2.500. Esto significa que se estaría hablando de un aumento del 780% que perjudica el precio final al comprador.

domingo, 31 de octubre de 2021

Cámara aprueba el primer debate para eliminar el 4 x 1.000

Esta iniciativa lo que pretende es desmontar un punto de 4 por mil por año, iniciando en 2023 y hasta el 2025, que sería el fin para este impuesto.

El 2 de noviembre del presente año, la Cámara de Representantes aprobó en primer debate este proyecto de ley pretende eliminar el impuesto del 4x1000, que existe desde 1998 con lo cual se enfrentó la crisis financiera que hubo en esa época.


Son aproximadamente 9 billones que recoge al año el Estado y que se propone sea reemplazado por un impuesto a los salarios de más de 25 millones de pesos y con la eliminación de los beneficios a las mega inversiones en el país.


El 4 x 1000 es un impuesto que el que por cada 1000 pesos en algún movimiento financiero, se cancela cuatro pesos. Este impuesto es recaudado por los bancos y luego girado al Gobierno nacional, con algunas excepciones.

jueves, 28 de octubre de 2021

De esta manera se puede hacer anticipo del impuesto de normalización tributaria 2022

Los contribuyentes responsables de este gravamen podrán subsanar la mitad de la obligación.

La DIAN anunció que entre el 16 y el 22 de noviembre de 2021, de acuerdo con el último dígito del NIT, podrá realizar el pago de anticipo del 50% del impuesto de normalización tributaria que tendrán que liquidar los contribuyentes en 2022.


Este gravamen quedó determinado por la Ley 2155 de 2021, o Ley de Inversión Social, para los contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes en su información tributaria a 1 de enero de 2022.


Y la Ley da la oportunidad de subsanar esta situación con una tarifa de 17 % sobre la base gravable.


Para esta oportunidad, la Ley examinó la posibilidad del anticipo, de acuerdo a lo explicado Julio Lamprea Fernández, director de Gestión de Impuestos de la DIAN, “este nuevo elemento, con el pago del anticipo del 50% permite que los contribuyentes puedan subsanar su situación tributaria de una manera fácil”.

viernes, 22 de octubre de 2021

Los cinco beneficios tributarios para las Pyme aprobados

Entre la lista figura el aumento de los topes del Régimen Simple, la normalización tributaria y los beneficios para la economía naranja.

Las Pyme son cerca de 90% de las empresas en el país y generan un 65% de empleo. Estas han sido de las más golpeadas en la pandemia y también están en un proceso de reactivación, en los siguientes años tendrán que enfrentar las nuevas cargas de la Ley de Inversión Social, como lo es la subida de la tarifa de renta corporativa a 35%.


Los expertos indicaron que esta nueva Ley también incluyó incentivos y beneficios con los cuales las Pyme pueden disminuir su carga tributaria.


Se aprobó aumentar los topes para pertenecer al Régimen Simple de Tributación. De esta manera podrán acogerse a la norma las empresas que obtengan ingresos de hasta 100.000 UVT ($3.630 millones), mientras la base era de 80.000 UVT.


De esta manera las pequeñas y medianas empresas podrán acogerse a este régimen, que ofrece beneficios de cómo:

  • Pagar hasta 6 impuestos con una sola declaración.

  • Descontar los pagos a pensión realizados por el empleador.

  • No quedar sujetos a retención en la fuente ni a practicarla, excepto cuando se trata de salarios o retención del IVA.

  • Pagar a través de anticipos bimestrales por medio de redes electrónicas.

viernes, 15 de octubre de 2021

Los días sin IVA amenazados por escasez de artículos

La meta de los comerciantes es llegar a ventas por $18 billones en las 3 jornadas.

Las fechas de las jornadas del día sin IVA, la primera de ellas el jueves 28 de octubre, se podrían observar dificultades en la oferta de algunos productos, en especial importados, derivadas de los cuellos de botella de la cadena de suministros de comercio global.


De esta manera lo reconocieron el Gobierno y los comerciantes del país quienes se aprestan a celebrar la actividad en la Ley de Inversión Social o reforma tributaria, para que en las fechas específicas del año, logren adquirir una cantidad importante de productos sin tener que pagar el impuesto al IVA del 19%.


María Ximena Lombana, ministra de comercio, el fenómeno fue alertado por los comerciantes de las grandes superficies e hipermercados afiliados a Fenalco, quienes señalaron que la disponibilidad de inventarios, han tenido complicaciones por la pandemia.


“Este no es un asunto exclusivo de Colombia, es un problema global. Ha habido una escasez de chips que ha provocado que no haya disponibilidad normal de estas piezas, como pasaba antes de la emergencia sanitaria por la covid-19”, indicó la funcionaria, quien admitió que no habría una oferta total de algunos artículos esos días.

viernes, 10 de septiembre de 2021

¿Cuáles son las primicias de la reforma tributaria aprobada en Colombia y por qué causa polémica?

Esta ley fue archivada por el presidente Iván Duque días después de comenzar las protestas antigubernamentales de este año.

El Congreso de Colombia aprobó de manera rápida la reforma tributaria presentada por el Gobierno del presidente Iván Duque, dos proyectos pasados fueron rechazados por la población, que se volcó a las calles a protestar en 2019 y en 2021.


La 'Ley de Inversión Social' fue aprobada en segunda discusión por el Legislativo, con 77 votos a favor y dos en contra. Las bancadas opositoras dejaron el debate antes de culminar la sesión argumentando que el plazo de menos de 24 horas para estudiar y analizar el instrumento legal, de más de 100 páginas, fue muy poco.


José Manuel Restrepo, titular de Hacienda, indicó que con esta iniciativa, que tiene 61 artículos, se recibirán casi 4.000 millones de dólares para atender a 29 millones de colombianos a través de los diferentes programas sociales.


Algunos congresistas desde el parlamento, percibieron de apresurada esta nueva ley, que fue radicada por el Ejecutivo menos de un día antes de ser debatida y aprobada. Las voces en contra expresaron  que no recoge los impuestos de “manera adecuada” debido a que no se grava a los grandes capitales.

miércoles, 28 de julio de 2021

Conozca los beneficios tributarios por contratar población vulnerable o joven

El Ministerio de Trabajo, el Departamento de Prosperidad Social (DPS) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) socializaron acerca de los beneficios tributarios que trae la contratación para los empleadores que contraten personas en condición de pobreza o vulnerabilidad, estrategia promovida desde el Gobierno como forma de reactivar la economía.

“Debemos ser solidarios en el momento difícil que está viviendo Colombia, hoy se solicita el apoyo de todos. Desde el Gobierno Nacional se están colocando incentivos tributarios para que los empresarios incluyan en sus nóminas a mujeres jóvenes, población bastante afectada por la pandemia. La Costa Atlántica, Valle del Cauca y Bogotá se han acogido a la iniciativa para impulsar a los empresarios a ocupar a los jóvenes entre 18 y 28 años “, indicó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.

Lo que debe saber si va a declarar renta

Este próximo 10 de agosto comienzan los vencimientos para que las personas naturales presenten su declaración de renta que corresponde al año gravable 2020.

De acuerdo al calendario de la Dian, el 10 de agosto comienzan los vencimientos de presentación y pago de la declaración de impuestos de renta que corresponden al año gravable 2020, desde ese día inician los complementarios para personas naturales. Estos van hasta el 20 de octubre de este año y deben presentarse de acuerdo al número del NIT, inician con los que terminan en 01 y 02 y terminando con 99 y 00.


Debe tener en cuenta en estos tres últimos puntos que como persona natural debe tener en cuenta si tiene que presentar este impuesto y de esta manera evitar sanciones. Los plazos para cancelar la declaración de renta del año gravable 2020, inicia el próximo 10 de agosto. Estos vencimientos inician para NIT de las personas que terminan en 01 y 02 y termina el 20 de octubre para las personas que su NIT termina en 99 y 00.

jueves, 8 de julio de 2021

Colombia recuperará el grado de inversión

La pérdida de grado de inversión de Colombia forza al país a acelerar el proyecto de reforma tributaria con lo que se pretende subsanar algunos de los problemas fiscales.

La firma Standard & Poor’s como Fitch Ratings, el pasado jueves, bajaron la calificación de país por la subida del endeudamiento (60% del PIB) y por el déficit fiscal, que se refiere a que se tiene más gastos que ingresos.


Colombia en algún momento perdió el grado de inversión en 1999 y lo recuperó hasta el 2011. Ahora nuevamente vuelve a vivir una situación parecida. Esta calificación es importante porque le muestra a los inversionistas que tan seguro es un país en inversión.


El economista de Protección, Julián Cardenas, dice que es difícil saber cuánto tiempo le puede llevar a Colombia recuperar la calificación, pero tiene en cuenta que podría estar entre 3 y 4 años.

Lo que debe saber para declarar renta si es extranjero en Colombia

Los ciudadanos extranjeros que tienen la obligación de pagar impuestos con la Dian, también tienen los mismos deberes de los contribuyentes colombianos.

Si es ciudadano extranjero en Colombia, y produce ingresos económicos en el país, es realmente importante que sepa muy bien el proceso que deberá continuar para realizar la declaración de renta anual, y de esta manera evitar sanciones por parte de la Dian.


Usted al cumplir con este deber, está contribuyendo con el crecimiento económico del país y evitará multas por el incumplimiento de este deber.


¿Cuándo un extranjero debe declarar renta en Colombia?


Un extranjero ante las leyes tributarias se considera residente cuando está más de 183 días en el país, de forma continua o discontinua. Por lo que estos tendrán exactamente las mismas obligaciones que los ciudadanos colombianos, en cuanto a la declaración de impuestos.


Según lo establecido por el Estatuo Tributario, en Colombia los extranjeros deben declarar renta, siempre y cuando cumplan con alguna de las siguientes condiciones:


Poseer patrimonio y haber obtenido ingresos en el país, sobre los cuales no se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en el artículo 407 al 411 del Estatuto Tributario.